
Puede que te resulte difícil comprender lo que es la sucesión de contratas o la subrogación empresarial, ya que son términos complejos. Si a estos se le suma las dudas sobre los derechos del trabajador ante esta situación, se hace todo aún más complicado de entender. Te explicamos todo sobre estos cambios de titularidad y sus consecuencias laborales.
En el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores se habla sobre la sucesión de contratas y empresas. En este apartado se establece que el cambio de titularidad no supondrá la finalización de las relaciones laborales. Es por ello que quienes reciben esta titularidad, se subroga en los derechos de quien la tuvo anteriormente, cumpliendo con la responsabilidad de sus empleados.
Descubre qué es la subrogación empresarial y qué derechos tienen los trabajadores
La subrogación empresarial es una consecuencia de la sucesión de empresas, esta última puede presentarse cuando hay una compra o absorción de la misma. También es posible reconocerla cuando hay un cambio de denominación de la mercantil.
Al estar estos términos tan relacionados, es pertinente aclarar que hay supuestos en los que no se da la sucesión empresarial. Esto es debido a que no se trata únicamente de la trasmisión del local para que se den estos cambios. Es igualmente necesario que se reciban los bienes muebles y las instalaciones necesarias para continuar con la actividad laboral, así como también son fundamentales las licencias.
¿Qué es la subrogación empresarial?
La subrogación empresarial en términos generales se refiere al mantenimiento de las relaciones laborales de los trabajadores adscritos a la empresa que ha hecho el cambio de titularidad o la sucesión. Es importante saber que el mecanismo será pertinente en los siguientes supuestos:
- Al tramitarse entre dos empresas con activos que constituyan un soporte económico suficiente para la continuación de la actividad empresarial.
- Al tratarse de una contratación pública y entre las condiciones particulares está la imposición de las obligaciones de los trabajadores que venían prestando el servicio anteriormente y que ahora serán parte de la nueva contratista.
- Cuando hay una pérdida de una contrata que se refiere a una actividad cuyo fundamento principal es la mano de obra, como la conserjería o seguridad. Es por ello que esto pasa a realizarse en la nueva empresa que asume la parte más esencial de quienes trabajan y continúan ejerciendo la actividad que les corresponde.
- Cuando la aplicación del convenio colectivo establece una cláusula subrogatoria.
Derechos de los trabajadores ante una subrogación empresarial
Cuando se presenta el caso de la subrogación empresarial es importante saber que el trabajador no va a perder ninguno de sus derechos. Por esta razón, no debe preocuparse de que se elimine su antigüedad o de que haya una disminución salarial por el cambio de la empresa, por ejemplo.
Cuando el nuevo empresario no subroga al trabajador se pueden presentar otro tipo de consecuencias, como los reclamos por el despido improcedente. Esto es porque es obligatorio el respeto a los derechos del empleado, las obligaciones laborales, la seguridad social y los compromisos de pensiones adquiridos.
Por todo lo anterior y de forma general se puede decir que con la sustitución de una empresa por otra se deben asumir los compromisos con los trabajadores. En el caso de que el trabajador no quiera subrogarse se considera como una baja voluntaria y tendrá derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado.
Si vas a realizar una sucesión de empresas o estás pasando por una subrogación empresarial, en Raúl y Asociados podemos ayudarte. Conoce los derechos de los trabajadores e infórmate sobre todos los detalles de este tipo de cambios. Con nuestro asesoramiento jurídico el procedimiento será mucho más sencillo ¡Atrévete a contactarnos!
About The Author: Raul
More posts by Raul