
Las personas desempleadas suelen hacerse la misma pregunta cuando terminan su actividad laboral: ¿cómo calcular el paro que me corresponde? Por ello, te contamos los puntos clave que debes tener en cuenta para hacerlo y si tienes derecho o no de recibir este cobro.
La prestación por desempleo, conocida como paro, es una ayuda en forma de dinero, servicios o especies que se les entrega a quienes están en esta situación de manera involuntaria. Se da bajo el supuesto de que esta circunstancia es de carácter temporal y de que la persona logrará conseguir trabajo en poco tiempo.
Este derecho debe ser solicitado, pero para ello se deben cumplir con un conjunto de requisitos, como:
- Se deben tener cotizados por lo menos 360 días, en un periodo de seis años anteriores a la situación de desempleo.
- Estar afiliado y en situación de alta en la seguridad social dentro de un régimen en el que se contemple la contingencia por desempleo.
- Se debe estar en situación de desempleo legalmente.
- Hay que encontrarse en situación de desempleo por motivos como despido, finalización de contrato o por una reducción de jornada de más de un tercio de su duración inicial. No es válido para la baja voluntaria.
- Estar inscrito y mantener dicha inscripción como demandante de empleo, durante el periodo de percepción.
- Se debe acreditar la disponibilidad de búsqueda de empleo activa, para aceptar una colocación adecuada por medio de la suscripción del compromiso de actividad.
- No puede tener más edad que la correspondiente para jubilarse (65 años).
- No puede estar cobrando una pensión de seguridad social incompatible con el cobro de la prestación por desempleo.
Es importante que la solicitud de esta prestación se haga dentro de un plazo de 15 días, a partir del día en el que se terminó la relación laboral. De lo contrario, el derecho a recibirla se puede perder.
Toma nota de los puntos claves para saber cómo calcular el paro que te corresponde por derecho
El cálculo del paro por desempleo dependerá de las cotizaciones acumuladas por el trabajador durante los últimos seis meses de trabajo. Pero también hay que tener en cuenta que este monto tiene topes mínimos y máximos, por lo que no puedes pasar por ninguno de los puntos clave que te mencionamos a continuación al respecto.
Base reguladora de la prestación por desempleo
Lo primero que se toma como referencia son las bases de cotización a la seguridad social por contingencias profesionales. Esto se obtiene en la consulta del detalle de su nómina y con ellas se puede hacer una media de los últimos 6 meses, para sacar la base de cotización media, a la cual se le llama “base reguladora”.
En lo que se refiere a los primeros 180 días de prestación, se cobra el 70 % de la base reguladora. Después, a partir del día 181 el cobro será del 50 %.
Calcular el subsidio por desempleo
Para hacer el cálculo del paro por desempleo uno de los puntos claves es la base reguladora, pero también debes tener en cuenta la cotización. Este último se refiere a lo que ha pagado la empresa en cuotas al Instituto Nacional de la Seguridad Social por el contrato de trabajo del empleado.
Luego de que tienes definido estos conceptos, se realiza el cálculo sumando las bases de cotización por contingencia profesional de los últimos 180 días cotizados, los cuales equivalen a los últimos 6 meses. Posteriormente, la cantidad resultante se divide entre 180 y este resultado se multiplica por 30 para obtener lo que se va a cobrar al mes.
Es importante recordar que cuando este cobro se extiende por más de 6 meses se reduce la cantidad.
¿Cuánto se cobra como máximo y como mínimo de paro?
Al calcular el valor del paro hay que tener en cuenta que no puede ser inferior al tope mínimo de ingresos, ni superior al tope máximo. Para este 2022 estas son las cuantías mínimas de las prestaciones:
- Cuando no se tienen hijos: la cantidad mínima es de 540,41 euros y la máxima es de 1.188,16 euros.
- Cuando se tiene un solo hijo: la cantidad mínima es de 722,80 euros y la máxima es de 1.351,04 euros
- Cuando se tienen dos hijos o más: la cantidad mínima en este caso es de 722.80 euros y la máxima es de 1.519,92 euros.
Los topes de prestaciones no se actualizan anualmente, lo que quiere decir que se mantiene constante a lo largo de toda la prestación. Cada año hay nuevas cantidades para ellos, pero no por ello se actualizan los valores de las prestaciones de años anteriores.
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