El 12 de marzo de 2019 se publicó en el BOE la obligación por parte de las empresas de registrar el horario laboral de todos sus trabajadores. Esto supone llevar el control de todos y cada uno de los empleados y poder mostrarlo durante cuatro años tanto a las administraciones como a los propios trabajadores y sindicatos.

De la misma manera, los empleados deben ser plenamente conscientes de cómo es exactamente su jornada de trabajo; es decir, cuántas horas deben trabajar y cómo se distribuyen. En caso de que se hagan horas extras, se deberán registrar para que quede constancia y se eviten fraudes como hasta ahora.

¿Por qué se redacta esta ley?

El principal objetivo de la nueva legislación es que exista un mayor control de las entradas y salidas en el puesto de trabajo. Si bien es cierto que este nuevo sistema no garantiza una fiabilidad al cien por cien, es un claro intento por regular los horarios laborales y el pago de las horas extraordinarias.

Hasta ahora, era vox populi que existe gente que alarga sus jornadas de trabajo de forma habitual o hace horas extra sin que eso se vea remunerado en sus retribuciones. Igualmente, como se suele decirse, hecha la ley hecha la trampa, así que esta promulgación no implica que desaparezca el problema, pero sí que se establece otra medida de control para intentar atajarlo en la medida de lo posible.

¿Cómo llevar el control horario de una jornada laboral?

La realidad es que la casuística puede ser diferente dependiendo de la manera de operar que tenga una empresa u otra. Evidentemente, será cada departamento de Recursos Humanos el que decida cómo llevar el control de los horarios, aunque se recomienda un sistema que además de registrar las entradas y salidas permita la gestión de esos datos para su posterior análisis.

Sin embargo, el tema se complica cuando no se trata del típico lugar donde los empleados pueden “fichar”. Quienes trabajan en remoto deben seguir las mismas condiciones que el resto, por lo que tendrán que registrar cuándo empiezan y terminan su jornada laboral, independientemente de que no se encuentren físicamente en la sede de la empresa.

Consecuencias de no llevar el control de horarios laborales

Con el objetivo de que esta ley sea realmente un punto de inflexión en la regularización del horario laboral, se ha decidido imponer multas económicas en caso de que las inspecciones de trabajo descubran que no se está cumpliendo la normativa vigente.

Las cantidades de las sanciones, dependiendo de su grado es mínimo, medio o máximo, pueden ir desde los 626 euros hasta los 6250 euros. Por ello, parece que los gastos derivados de un mayor control van a ser casi obligatorios para cualquier empresa, principalmente para las que cuentan con un elevado número de trabajadores y donde ese registro es más difícil de llevar de forma manual.

En definitiva, se espera que sea una medida que proteja a los trabajadores en términos de horarios, ya que se busca acabar con la explotación especialmente en cuanto a las horas extra, que siempre han estado un poco al margen del control legal, y al fin de las jornadas de trabajo excesivamente largas.