Aunque el principal problema del coronavirus está siendo la gran cantidad de muertes que está provocando en todo el mundo, también hay que tener en cuenta su impacto negativo económicamente y a nivel laboral. Son muchos los afectados al ver que su actividad profesional está directamente relacionada con el cambio de paradigma, por lo que es importante conocer las ayudas para autónomos por coronavirus que ha impulsado el Gobierno.

Si bien es cierto que se van incorporando nuevas medidas en base a las predicciones de los expertos en salud y economía, ya se pueden aclarar algunos de los requisitos necesarios para poder optar a esas ayudas económicas para tratar de pasar esta pandemia de la forma menos traumática posible.

Trámites para solicitar las ayudas de autónomos por coronavirus

Para recibir esas ayudas económicas prometidas por el Estado deben cumplirse una serie de requisitos. La persona interesada deberá haber cesado su actividad económica o que su facturación se haya reducido en un 75% si se compara con el promedio de lo facturado en el semestre anterior.

Como es lógico, para poder optar a ella, el trabajador debía estar dado de alta y afiliado cuando se declaró el estado de alarma, para así justificar que ha sido la situación excepcional de la COVID-19 la que ha impactado negativamente en su economía.

Impuestos aplazados por Coronavirus para autónomos

Dentro de las medidas que aparecen en el Real Decreto-Ley 7/2020, se establece que se puede posponer el pago del IVA y del IRPF hasta 6 meses. De esta manera, no solo te aseguras una mayor liquidez, sino que minimizas el impacto de la reducción de ingresos. Este aplazamiento afecta a los modelos 303 (IVA), 130 y 131 (IRPF).

Eso sí, a pesar de lo que se comentó sobre el tema, hay que aclarar que no se trata de una exención, sino que el pago deberá realizarse igual que siempre, aunque con un mayor margen de tiempo. Si necesitas asesoramiento, contacta con nosotros ya que existen algunos requisitos que se deben cumplir para acogerse a esta medida.

¿Se ha suspendido la cuota de Autónomos?

De igual manera, se ha decretado una moratoria en el pago de la cuota de autónomos por la situación de coronavirus. Se debe comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social hasta el 30 de junio de 2020. En caso de que te hayas acogido a la ayuda por cese de actividad, este caso no aplica.

Aplazamiento en el reembolso de la Secretaría General de Industria

Para aquellas personas o empresas que tengan algún tipo de deuda con la Secretaría General de Industria, se puede solicitar un aplazamiento siempre y cuando se justifique que se debe al impacto del coronavirus en la actividad profesional.

Ayuda por el cese de actividad por COVID 19

En caso de que la situación de emergencia te impida llevar a cabo con normalidad tu actividad económica, no solo serás exonerado de las cuotas para la Seguridad Social sino que también se establecerá una ayuda del 70% de la base reguladora. Si no llegas al tiempo mínimo cotizado, igualmente se concederá un 70% de la base mínima de cotización.

¿Cómo solicitar las ayudas por desempleo como autónomo por el coronavirus?

Para solicitar estas ayudas, aquellos autónomos que puedan probar un descenso drástico de sus ingresos no necesitarán darse de baja de autónomos, pero sí tener todos los pagos de la TGSS al día.

Si deseas más información sobre las diferentes ayudas que existen para sectores sensiblemente afectados como el turismo, préstamos y avales para PYMES, puedes contactar con Raúl y Asociados para que gestionemos tus trámites y te asesoremos de forma personalizada en un momento de incertidumbre tan complicado como este. Después de la salud, la situación económica es el ámbito de mayor preocupación para la sociedad y queremos ayudarte a minimizar daños.