Muchos autónomos no son conscientes de las obligaciones que tienen con Hacienda por su actividad económica, ya que no suele ser un tema que se trate en los centros de formación. Por ello, la figura de un asesor fiscal es muy frecuente en los trabajadores por cuenta propia, ya que ayuda con los trámites burocráticos de su profesión.

En este artículo vamos a analizar las diferentes gestiones que debe hacer un trabajador autónomo para cumplir con la Agencia Tributaria.

Lo primero que hay que hacer antes de ser autónomo

El primer paso para trabajar como autónomo es rellenar el modelo 037 para darse de alta como profesional en la Agencia Tributaria. Ahí se indicará cuál será la actividad económica, o dicho de otra manera, en qué se va a trabajar. A partir de ahí, el trabajador tendrá asignado un número de identificación fiscal que utilizará para sus trámites en el futuro.

Para ese primer paso, se deberá cumplimentar el modelo 036 o 037, dependiendo de la actividad que vaya a desarrollar. Si bien es un proceso relativamente sencillo, puede ser recomendable la ayuda de un asesor fiscal para no incurrir en errores desde el principio.

¿Qué impuestos tiene que pagar? Principales modelos

A continuación, te explicamos todo lo que debes saber sobre los impuestos para autónomos y cómo gestionar tus obligaciones fiscales.

Pago de cuota de autónomo

Además de las obligaciones mencionadas con Hacienda, el trabajador autónomo deberá pagar una cuota mensual a la Seguridad Social para ejercer tu profesión. Se puede escoger la cuota de autónomo a pagar en función de la base de cotización, que va de los 944,35€ a los 3803,70€ al mes. Se calcula el 30% y de ahí surge la cuota mensual.

La gran mayoría de los trabajadores, alrededor de 8 de cada 10, eligen la base mínima, que es una mejor opción a corto plazo, aunque a la larga implica que tendrán unas peores condiciones cuando se jubilen.

En los 24 primeros meses de actividad existe la posibilidad de reducir esa cuota mensual: un 80% en los 12 primeros meses, un 50% en los 6 siguientes y un 30% en los 3 últimos.

El pago de esta cuota se hace generalmente el último día del mes.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

El modelo 303 con una frecuencia trimestral, y va asociado al Impuesto de Valor Añadido (IVA), uno de los impuestos más habituales, ya que aunque algunas actividades están exentas, el autónomo presta un servicio sujeto a tributación.

Además de hacer la declaración de IVA trimestral, se deberá presentar el modelo 390 en enero del año siguiente, como resumen anual de todo lo acumulado en los cuatro trimestres anteriores.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

El modelo 131 sirve para el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), una retención ejercida sobre todo los ingresos obtenidos por su actividad económica. El porcentaje de IRPF que debe pagar un autónomo en 2019 es del 15%, aunque también existe la posibilidad de incluir esa retención al emitir la factura y descontar la cantidad correspondiente y no cobrarla, en lugar de pagar a Hacienda de forma trimestral.

También existen otros modelos que merece la pena destacar:

  • Modelo 111: en caso de que el autónomo tenga a su cargo otros trabajadores, con contrato profesional evidentemente, debería liquidar a través de este modelo la retención correspondiente a los pagos.
  • Modelo 115: si existe un local alquilado con el fin de poder ejercer la actividad comercial, deben presentarse las retenciones que se aplican al coste del alquiler.

Si quieres más información sobre algunos de estos temas o necesitas asesoramientos para sobre cómo y cuándo presentar estos modelos, contacta con nosotros y te ayudaremos a evitar problemas y sorpresas desagradables.